¿CÓMO SOLICITARLO?
Promoción
Las dependencias operadoras del Programa de Empleo Temporal (PET), conjuntamente con los gobiernos de los estados y, en su caso, los gobiernos de los municipios (que el Comité Técnico a nivel nacional designa como de Atención por el PET), establecerán una estrategia para dar a conocer en las localidades elegibles los requisitos de participación, los compromisos, los beneficios y los alcances de los apoyos a otorgar.
Ejecución
- Las solicitudes de apoyo podrán ser presentadas, de manera individual o por grupos, a los operadores del PET con base en lo establecido en los lineamientos específicos de cada dependencia.
- Cada dependencia, de acuerdo a sus lineamientos específicos, será responsable de verificar la elegibilidad, viabilidad técnica y la suficiencia presupuestaria para la ejecución de los proyectos, informando al Comité Estatal.
- Una vez aprobado el proyecto, la instancia operadora integrará el expediente técnico por obra o acción, el cual contendrá el proyecto técnico, el presupuesto y los jornales a generar. Para establecer los compromisos entre las partes, se firmará un convenio con el Comité de Beneficiarios.
- El Comité de Beneficiarios será responsable de la difusión en lugares públicos de las características generales de las obras a ejecutar, para el conocimiento de la sociedad en general. Los elementos mínimos de información que se deberán incluir son las metas físicas del proyecto, su costo, población y localidades beneficiadas, modalidad de ejecución, fecha de inicio y término, y la lista de los beneficiarios participantes en el proyecto.
Contraloría Social (Participación Social)
- Se establecerán las funciones de control y vigilancia como Contraloría Social, a cargo de otros miembros de la comunidad, distintos a los integrantes del órgano ejecutivo del Comité de Beneficiarios.
- Con el propósito de incorporar a la ciudadanía en el control, vigilancia y evaluación de los programas sociales, la instancia operadora promoverá la participación social, fomentando acciones tendientes a informar a la ciudadanía y específicamente a los beneficiarios del programa acerca de los apoyos otorgados a nivel de obra o acción; que los propios beneficiarios se constituyan en instancias de contraloría social; que se planteen espacios de comunicación gobierno-sociedad y se establezcan mecanismos directos de captación de quejas y denuncias. Dichas acciones se harán, en lo que corresponde, a través del Órgano Estatal de Control.
Actas de Entrega-Recepción
Una vez concluidas las obras en el presente ejercicio, se elaborará acta de entrega-recepción de cada una de ellas, con la participación de la dependencia operadora, la normativa, la autoridad local, el Comité de Beneficiarios y la Contraloría Social, expresando los participantes su conformidad con el contenido de dicha acta o, en su caso, externado los motivos de su inconformidad.
Operación y Mantenimiento
De conformidad con el acta de entrega-recepción, la comunidad e instancia de gobierno que reciben las obras deberán hacer explícito el compromiso de vigilar su adecuada operación y darle mantenimiento y conservación.
|
|